CÓDIGO DE CONDUCTA Y ÉTICA
Welden Securities Agente de Valores S.A.
1. Consideraciones y principios generales
La importancia de contar con un Código de Conducta y Ética, radica en que brinda los lineamientos para actuar con integridad, buscando mejorar continuamente nuestra labor, cumpliendo a la vez con las políticas y los requerimientos regulatorios.
El presente Código esta dirigido a todo el personal, como un documento único que resume por escrito los estándares de conducta y ética. Todo el personal tiene la obligación de conocer el contenido, cumplir y colaborar en su aplicación.
Las siguientes normas de ética y de conducta se aplican a todos los integrantes de WELDEN SECURITIES S.A
La integridad y la ética de todas las personas es uno de los valores más importantes para la institución. El objetivo de este Código es conservar y proteger dichos valores.
Por ello, WELDEN SECURITIES S.A. espera que cada uno de sus empleados se comporte y realice sus actividades cumpliendo este Código sin excepción, así como todas las leyes aplicables.
2. Vigencia
Este Código de Conducta y Ética entrará en vigencia a partir de su aprobación por parte del Director de la empresa Carlos Casarotti el día 30 de Marzo de 2011-
Su cumplimiento será exigible a todo el personal a partir del momento de su firma.
CÓDIGO DE ÉTICA:
Principios de Ética a ser adoptados por WELDEN SECURITIES AGENTE DE VALORES S.A. y su personal:
- Honestidad e integridad
Los empleados deberán comportarse con honestidad e integridad hacia WELDEN SECURITIES, otros empleados de la empresa, sus clientes y otros asociados, sus accionistas e instituciones públicas. Welden deberá velar por la protección de los intereses de sus clientes, así como cumplir con todos los requisitos legales que rigen para los Agentes de Valores en Uruguay
- Llevar a cabo sus actividades con probidad e imparcialidad.
Cualquier ocupación, servicio o actividad externa de los empleados, remunerada o no, deberá ser estrictamente separada de su empleo con WELDEN SECURITIES y no ni emplearlos para obtener beneficios personales. Los empleados deberán abstenerse de utilizar sus influencias personales para inducir a WELDEN a mantener relaciones comerciales con una empresa en la que tengan intereses sus familiares, amigos o ellos mismos. La Compañía podrá actuar como crea conveniente si alguno de sus empleados pudiera interferir perjudicialmente con los intereses de la Compañía, llegando a tomar como medida de sanción la desvinculación de dicho empleado de WELDEN SECURITES S.A. deberá afectar el desempeño de su trabajo en nuestra institución.
Los empleados de WELDEN no podrán aprovechar para su ventaja las oportunidades que descubran a través del uso de propiedades, informaciones o cargos en la Compañía,
- Actuar con profesionalismo, cuidado y diligencia, tanto a nivel interno de la organización como en materia de relacionamiento con los clientes y otros agentes con los que interactúen.
A nivel interno todos los empleados tienen derecho al respeto, a la dignidad y a un lugar de trabajo libre de toda discriminación así como a trabajar en forma profesional, cuidadosa y laboriosa para WELDEN.
A nivel externo los empleados deben ser justos, honestos e imparciales con los clientes. Los empleados deben suministrarle a estos, en forma cierta y objetiva, información veraz, detallada, eficaz y suficiente sobre las características esenciales de los servicios ofrecidos por la Compañía. No se podrán utilizar manifestaciones falsas o engañosas para vender o comercializar servicios de WELDEN SECURITIES. Los empleados deben informar inmediatamente a su superior cuando tomen conocimiento de alguna inexactitud en la información.
- Adecuar sus actos a principios de lealtad y ética profesional.
Los registros y la información confidencial de la Compañía deberán conservarse de manera apropiada y no pueden ser divulgados por los empleados.
La información secreta deberá estar protegida. No se podrá divulgar información de los clientes a terceros sin su debida autorización, salvo que dicha divulgación sea necesaria con el objeto de cumplir obligaciones legales, citaciones judiciales u otros procesos legales o en el marco de investigaciones oficiales debidamente autorizadas. La obligación de preservar la información crítica continúa aún cuando termine su empleo con WELDEN.
La Compañía se reserva el derecho de supervisar o revisar sin previo aviso el uso que los empleados hacen de Internet, y de los sistemas de correo electrónico de WELDEN, así como de otra comunicación electrónica. El empleado debe evitar la exageración, el lenguaje soez, la especulación, las conclusiones legales y los comentarios despectivos de otras personas y compañías en sus comunicaciones, incluyendo correo electrónico, notas y comunicaciones informales.
- Observar las leyes y los decretos que rigen la actividad de intermediación en valores, así como las normas generales e instrucciones particulares dictadas por la Superintendencia de Servicios Financieros.
Es obligatorio que todos los miembros de WELDEN, empleados, accionistas, y directorio este informado de todas las publicaciones que tanto el Banco Central del Uruguay como cualquier otro organismo estatal divulgue por cualquier medio en la República Oriental del Uruguay y que este pudiera regir en la Actividad de nuestra institución.
Cuando en WELDEN se actúe por cuenta ajena, se deberá
- Ejecutar con diligencia las órdenes recibidas según los términos en que estas fueron impartidas.
Todo el personal de WELDEN debe ejecutar con resolución las órdenes recibidas, en los términos en que las mismas fueron impartidas.
Deberá registrar toda orden que se les encomiende, de modo tal que surja en forma adecuada la oportunidad, cantidad, calidad, precio y toda otra circunstancia relacionada con la operación, que resulte necesaria para evitar confusión en las negociaciones.
Otorgar absoluta prioridad al interés de sus comitentes, absteniéndose de cualquier conducta que pudiera ocasionarles perjuicios.
Poner en conocimiento de sus comitentes toda información relevante que obrara en su poder sobre: el título valor o especie autorizada objeto de la transacción; el emisor o el mercado y que pudieran tener influencia directa en la adopción de decisiones.
Dejar expresa constancia de la naturaleza jurídica del contrato concertado, en el boleto respectivo.
Abstenerse de cualquier práctica que pudiere inducir a engaño a sus clientes o de alguna manera viciar su consentimiento.
- Otorgar absoluta prioridad al interés de sus clientes, reduciendo al mínimo los riesgos de conflictos de interés. Los conflictos de interés deberán definirse e identificarse y, ante situaciones de conflicto, se evitará privilegiar a cualquier cliente en particular.
Existe un conflicto de intereses, real o potencial, cuando las relaciones del personal con terceros pudieran afectar los intereses de la Compañía. En sus relaciones con clientes, proveedores y competidores, los empleados deben privilegiar los intereses de la Compañía por sobre cualquier situación que pudiera representar un beneficio personal real o potencial para sí mismos o para personas allegadas. Las situaciones de conflicto de intereses de sus clientes deberán comunicarse por escrito al Directorio de WELDEN.
- Poner a disposición de sus clientes la información exigida en virtud de normas legales y regulaciones de la Superintendencia de Servicios Financieros.
WELDEN SECURITIES deberá poner a disposición de sus clientes toda información que resultase de aplicación para los mismos en virtud del cumplimiento de las normas legales y regulación de la Superintendencia de Servicios Financieros.
- Prestar asesoramiento con lealtad y prudencia.
Ocasionalmente los clientes podrían solicitarle emitir declaraciones con relación a la legalidad de transacciones particulares. WELDEN no puede brindar asesoría legal. Por lo tanto, se deberá tener cuidado en las discusiones con los clientes, evitando en todo momento decir algo que pueda ser interpretado como la prestación de asesoría legal.
Si se tiene alguna consulta sobre el tema, se debe consultar directamente al oficial de cumplimiento o al Directorio de WELDEN SECURITIES.
- Abstenerse de utilizar información privilegiada.
Todo el personal de WELDEN debe asegurarse que sus actividades y relaciones personales no estén ni parezcan estar en conflicto con los intereses de la empresa. Aún cuando no es posible dar una lista completa de estos casos o prever específicamente cada posible conflicto, deberá evitarse el aprovechamiento de información privilegiada de WELDEN SECURITIES a la que tiene acceso para el uso de beneficio propio o de terceros (directa o indirectamente).
- Abstenerse de multiplicar transacciones en forma innecesaria y sin beneficio para sus clientes, de ejecutar operaciones ficticias o simuladas y de inducir a error mediante declaraciones falsas.
Todo el personal de WELDEN deberá poner en conocimiento de sus clientes toda información relevante que obrara en su poder sobre: el título valor o especie autorizada objeto de la transacción; el emisor o el mercado y que pudieran tener influencia directa en la adopción de decisiones. Así mismo WELDEN deberá abstenerse de multiplicar en forma innecesaria y sin beneficio para sus clientes todas las transacciones y ordenes. No podrá ejecutar operaciones fingidas o irreales. No se podrá inducir al cliente a un error mediante la utilización y manifestación de información falsa o engañosa-
- WELDEN deberá evitar la manipulación del mercado.
Todos los miembros de WELDEN SECURITIES S.A. deberán abstenerse de realizar prácticas o incurrir en conductas que pretendan o permitan la manipulación de precios o volúmenes de los títulos o especies del mercado
Se entenderán comprendidas especialmente en dichas conductas, cualquier acto, práctica o curso de acción mediante los cuales se pretenda:
a) Afectar artificialmente la formación de precios, cotización, liquidez o volumen negociado de uno o más títulos valores u otras especies admitidas.
Quedarán incluidas en esta figura aquellas transacciones en las que no se produzca, más allá de su apariencia, la transferencia de los títulos valores, derechos, así como las efectuadas con el propósito de crear la apariencia falsa de existencia de oferta y demanda o de un mercado activo, aún cuando se produzca efectivamente la transferencia de los títulos valores o derechos.
b) Inducir a error a cualquier participante en el mercado, debiendo considerarse dentro de ellas a toda declaración falsa producida con conocimiento de su carácter inexacto o engañoso o que razonablemente debiera ser considerada como tal, así como a toda omisión de la información esencial susceptible de inducir a error a quienes se encuentran obligados a prestarla.
CÓDIGO DE CONDUCTA
1 Normas referidas al conocimiento e identificación del cliente
Artículo 1°. Welden Securities realizará sus mayores esfuerzos a los efectos de obtener la identificación de los clientes que soliciten sus servicios, se aplicará en todas sus dimensiones el concepto “CONOZCA SU CLIENTE” procurando a los efectos obtener la documentación idónea y/o información que permita determinar la identidad y el origen de los fondos de los clientes.
Articulo 2°. No prestar servicios a aquellas personas que se nieguen a brindar su identificación y la información requerida por la sociedad.
Articulo 3°. Recabar información respecto de los clientes que soliciten la apertura de una cuenta, mediante las referencias personales o bancarias que permitan conocer fehacientemente los antecedentes del solicitante, su solvencia económica y su actividad
Articulo 4°. Se deberá recabar información sobre la totalidad de los nuevos clientes, con especial atención en aquellas personas que constituyen depósitos de volúmenes relativamente importantes de efectivo, u otros valores de fácil realización. Se deberá confeccionar un perfil de cliente en los casos y circunstancias prevista en la normativa interna.
Articulo 5°. Extremar las precauciones cuando se verifique la presencia de los siguientes supuestos.
1. Depósitos en efectivo de grandes sumas de dinero, y en especial aquellos que involucren billetes de baja denominación.
2. Incrementos de importancia en los envíos habituales de efectivo entre empresas corresponsales o cuando este tipo de transacciones con un corresponsal se realiza por cifras significativas, que no se corresponden con la importancia de éste.
3. Conversión de billetes en cheques, realización de transferencias, operar con valores bursátiles, operar con metales preciosos u otros valores de fácil realización.
Deberá prestarse especial atención cuando las mencionadas operatorias sean ajenas a la actividad y al perfil del cliente.
Articulo 6°. Identificar a toda persona física o jurídica que efectúe operaciones que consistan en la conversión de monedas o billetes nacionales o extranjeros o metales preciosos en cheques, transferencias, depósitos bancarios, valores bursátiles u otros valores de fácil realización por importes superiores a los USD 10.000 o su equivalente en otras monedas.
Articulo 7°. Se deberá mantener un adecuado monitoreo sobre las operaciones de clientes ya existentes. En particular deberán estar atentos a aquellos casos de modificación de pautas de comportamiento habituales de los clientes, sin justificación económica o legal evidente, o de complejidad inusitada o injustificada, de forma tal de detectar apartamientos significativos de la operativa normal. En tales casos, deberán recabar información a efectos de intentar encontrar explicaciones suficientes para la operación o de lo contrario tomar las medidas previstas en este código a efectos de evitar el involucramiento en operaciones delictivas.
2 - Normas Referidas a la Realización de Operaciones
Articulo 8°. Se deberá abstener de realizar aquellas operaciones respecto de las que en su opinión existan motivos para creer que se encuentran vinculados a la legitimación de activos provenientes de actividades ilícitas configuradas por el narcotráfico; el terrorismo; el tráfico ilícito de armas, explosivos, municiones o materiales destinados a su producción; el tráfico ilícito de órganos, tejidos y medicamentos; el tráfico ilícito de hombres, mujeres o niños, extorsión, secuestro, proxenetismo; tráfico ilícito de sustancias nucleares; tráfico ilícito de obras de arte, animales o materiales tóxicos.
Articulo 9°. Se habrán de verificar en cada caso la existencia de una adecuada justificación de la procedencia de los fondos, en particular en caso de operaciones efectivo por montos superiores a USD 10.000, o su equivalente en otras monedas.
Articulo 10°. Tomar las mayores precauciones para mantener dentro de un marco de confidencialidad, toda denuncia de operación sospechosa efectuada.
Articulo 11°. En ningún caso el cliente o un tercero ajeno al procedimiento, deberá ser notificado de la denuncia de una operación sospechosa.
Articulo 12°. En caso de optar por la desvinculación del cliente involucrado en alguna operación inusual o sospechosa, no se alegarán más motivos que los de índole comercial para justificar la voluntad de la sociedad en dejar de operar con el aludido cliente.
3 - Normas de cooperación
Articulo 13°. En el marco de la ley, de las diversas disposiciones normativas Welden Securities se compromete a colaborar diligentemente con las autoridades competentes, en las investigaciones sobre actividades concernientes a la legitimación de activos proveniente de las actividades ilícitas.
4 - Normas relativas a la instrumentación de políticas de prevención.
Articulo 14°. La sociedad desarrollará políticas de prevenciones apropiadas y suficientes, tomando como base las disposiciones dictadas a estos fines por el Banco Central del Uruguay, a los efectos de procurar evitar que la realización de cualquier operación en efectivo, documentaria, de servicios financieros u otras, sean utilizadas como instrumentos para la indebida utilización del sistema financiero.
Articulo 15°. La sociedad desarrollará una permanente capacitación a su personal a los efectos de informarlo y entrenarlo en los aspectos de la normativa y procedimientos vigentes en relación a la prevención para evitar la legitimación de activos provenientes de actividades delictivas.
Articulo 16°. En las tareas de capacitación del personal será de especial mención las responsabilidades legales por la eventual participación en actividades financieras de bloqueo de capitales.
Informes
Articulo 17°. La sociedad efectuará una evaluación periódica sobre el grado de cumplimiento de la normativa vigente, así como de las políticas y procedimientos establecidos para prevenirse de ser utilizados en la legitimación de activos de origen delictivo. Emitiendo informes y puntualizando los desvíos detectados.
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Violación del Código de Conducta y Ética.
• Protección de Empleados en caso de comunicación sobre actividades ilegales
El Directorio de WELDEN SECURITIES será el responsable máximo de recibir consultas, pedidos de orientación y reportes de situaciones o comportamientos que se opongan a los principios de este Código de Ética y Conducta.
• Consecuencias del No Cumplimiento
En caso de que un empleado no diera cumplimiento a lo establecido en el presente Código de Conducta y Ética el mismo será susceptible de acciones disciplinarias tales como reprimenda, suspensión o desvinculación de WELDEN SECURITIES.
1-El presente Código de Conducta y Ética se imprimirá finalizado el año civil correspondiente, manteniéndose las actualizaciones en forma digital.
2-Las actualizaciones se realizarán por el Oficial de Cumplimiento con la aprobación posterior del Directorio.
3-Tanto el Código de conducta y Ética como las actualizaciones deberán estar en conocimiento de todos los integrantes de Welden Securities S.A.
4-La impresión anual deberá estar firmada por todos los integrantes de la Sociedad. |
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